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2002/09/19 06:00:00 GMT+2

La «estrategia de confrontación» (I)

Leo los periódicos madrileños. Paso a vuelo de pájaro por las tertulias radiofónicas. Parece que todos se han puesto de acuerdo en que la mayoría parlamentaria vasca ha elegido «una estrategia de confrontación». La presentación de alguna ruidosa querella y de unos cuantos recursos ha bastado para que la mayoría parlamentaria española y sus aparatchiki se hayan echado las manos a la cabeza, alarmados por la rotundidad de la vía tomada por los partidos que sustentan al Gobierno de Ibarretxe.

Con las prisas, ha habido voceros que han enseñado la oreja demasiado, mostrando el patético desvarío por el que deambulan sus neuronas. Ayer, el presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial, Francisco José Hernando, empezó diciendo que la actitud adoptada por la Mesa del Parlamento Vasco «podría constituir un delito de desacato», para añadir a continuación: «Bueno... de desacato no, porque el delito de desacato por desgracia (sic!) ya no existe, pero sí de desobediencia». En condiciones normales, se consideraría inaudito que el más alto representante del poder judicial mostrara lagunas mentales de tal calibre sobre la legislación vigente, por no hablar ya de sus desautorizaciones de las decisiones del poder legislativo, porque éste fue el que suprimió el delito de desacato. Pero éstas, decididamente, no son condiciones normales. Por el contrario, son extremadamente anormales.

Están decididos a pasar por encima de todo, incluyendo los fundamentos mismos de la separación de poderes, con tal de salirse con la suya. Tienen que saber -sencillamente porque es imposible que no lo sepan- que las órdenes cursadas por Garzón al Parlamento Vasco son totalmente improcedentes. Un juez instructor puede procesar a un parlamentario, siempre que el propio Parlamento le autorice a ello, pero no puede dar órdenes ni a los órganos rectores del Parlamento ni a los gobiernos. Sencillamente porque, de tener en sus manos semejante potestad, incluso podría -¡un simple juez instructor!- dar un golpe de Estado formalmente legal, suspendiendo cautelarmente las actividades del Parlamento y/o las del Gobierno, en alegre aplicación extensiva del ya famoso artículo 129 del Código Penal.

El problema es que los órganos judiciales encargados de gobernar la megalómana desmesura de Garzón no sólo no lo han llamado al orden, sino que incluso han justificado su requisitoria, colocando al Parlamento Vasco en la insólita disyuntiva de dejarse atropellar o de no atender un requerimiento judicial. La Mesa del Parlamento ha optado por esto último y tiendo a pensar que ha hecho bien.

Francisco José Hernando dice que han podido incurrir con ello en un delito de desobediencia, pero habrá que recordar al magistrado la tipificación precisa del delito de desobediencia en el vigente Código Penal, que dice así:

«DE LA DESODEDIENCIA Y LA DENEGACIÓN DE AUXILIO.

»Art. 410. 1. Las autoridades o funcionarios públicos que se negaren abiertamente a dar el debido cumplimiento a resoluciones judiciales, decisiones u órdenes de la autoridad superior, dictadas dentro del ámbito de su respectiva competencia y revestidas de las formalidades legales, incurrirán en la pena... [y detalla las modalidades de la sanción].

»2. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, no incurrirán en responsabilidad criminal las autoridades o funcionarios por no dar cumplimiento a un mandato que constituya una infracción manifiesta, clara y terminante de un precepto de Ley o de cualquier otra disposición general.» [Las cursivas son mías. JO]

Obsérvese que el Código atribuye a las autoridades y funcionarios la potestad de juzgar en conciencia cuándo el mandato recibido va de manera «manifiesta, clara y terminante» en contra de la Ley (por ejemplo por no estar dictado «dentro del ámbito de la competencia» que corresponde a quien lo emite). En este caso, la Mesa del Parlamento Vasco -que no ha tomado su decisión al albur, sino tras recabar un informe ad hoc de los servicios jurídicos pertinentes- puede defender sólidamente que ha actuado dentro de la estricta legalidad, digan lo que digan los magistrados atribulados, los editorialistas interesados y los tertulianos especializados en hablar por hablar.

Bueno, téngase esta parrafada tirando a técnica como prólogo de la de mañana, que abordará los aspectos más estrictamente políticos de la llamada «estrategia de confrontación».

Javier Ortiz. Diario de un resentido social (19 de septiembre de 2002). Subido a "Desde Jamaica" el 15 de enero de 2018.

Escrito por: ortiz el jamaiquino.2002/09/19 06:00:00 GMT+2
Etiquetas: españa diario 2002 aznarismo euskal_herria ibarretxe euskadi | Permalink | Comentarios (0) | Referencias (0)

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