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2021/05/09 18:35:00 GMT+2

Beber en la calle en San Sebastián

Hace unas semanas salió el tema mientras charlaba con un amigo: ¿Se puede beber alcohol en la calle en San Sebastián? Sí, sabemos que se puede beber en las terrazas de los bares. ¿Y fuera de esos espacios? Pues sí, cumpliendo determinadas condiciones se puede beber en la vía pública en esta ciudad.

Estábamos en pleno estado de alarma paseando un fin de semana cualquiera. Los días previos la Guardia Municipal donostiarra se había ocupado de decir que estaba prohibido beber en la vía pública. Creo que los bares estaban cerrados por aquel entonces.

Mi colega me dijo que le echara un ojo a la Ordenanza reguladora del civismo en San Sebastián. Dice así en su artículo 15.4:

 Queda prohibido el consumo de bebidas en grupo, cuando ello genere molestias e imposibilite el disfrute de los espacios públicos por parte de otros usuarios.

La Policía Municipal dice en este enlace: «respecto al consumo de alcohol/drogas de menores, se estará a lo establecido en la Ley 18/1998, de 25 de junio, sobre Prevención, Asistencia e Inserción en materia de Drogodependencias».

No conviene olvidar tampoco la Ley 1/2016, de Atención Integral de Adicciones y Drogodependencias.

Esta ley dice en el primer punto del artículo 33: Se prohíbe el consumo de bebidas alcohólicas por personas menores de 18 años.

En el punto 2 establece que determinadas personas en determinadas situaciones no pueden consumir alcohol (por ejemplo, cuando conduces o vas a conducir un coche).

Vayamos ahora a la Ley 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la Seguridad Ciudadana, impulsada por el Gobierno de Mariano Rajoy.

La ley tipifica las infracciones en muy graves, graves y leves.

Dice el artículo 37.17 que es infracción leve: "El consumo de bebidas alcohólicas en lugares, vías, establecimientos o transportes públicos cuando perturbe gravemente la tranquilidad ciudadana".

Ayer por la mañana leí esto en el DV: El lehendakari avisa de que actuarán contra los botellones: «Está prohibido beber alcohol en la calle».

Señala el periodista en la noticia: «El lehendakari aseguró que se van a tomar las medidas habituales a la hora de tratar de evitar los botellones. Al fin y al cabo, consumir alcohol en la calle es algo que ya estaba prohibido antes de la pandemia».

Me he leído, aunque muy por encima, el Decreto 23/2021 publicado en el Boletín Oficial del País Vasco.

Dice el artículo 1.2: «Mientras dure la emergencia sanitaria, con carácter general se establece una distancia mínima interpersonal de 1,5 metros en los lugares públicos, con especial atención a los recintos cerrados».

El artículo 1.3 dispone sobre el uso de las máscaras y el 1.4 especifica quienes no están obligados a usarlas.

Este es el título del artículo 2.14: Parques y zonas deportivas de uso público al aire libre o de esparcimiento. Se habla de aforos y demás.

Hay una Disposición Adicional que comienza así «de cara al período estival de 2021, se determinan las siguientes medidas específicas» y dice en el punto 5:

«Fiestas y celebraciones no programadas: se reitera la prohibición de consumo de alcohol tanto en la vía pública como en recintos exteriores o en reuniones tipo «botellones» o «no fiestas».

¿Se reitera? ¿En el período estival?

Hoy, domingo, he visto en la web de la Ertzaintza un documento que lleva por título Criterios de aplicación de la Ertzaintza y las policías locales sobre la alarma sanitaria (enlace a documento pdf aquí).

En el apartado Interpretaciones y criterios de aplicación, se hace esta pregunta en el punto número 5: ¿Se puede consumir alcohol en la vía pública?

Respuesta: No. Se mantiene la prohibición del consumo de alcohol, tanto en la vía pública, como en recintos exteriores o en reuniones tipo "botellones" o "no fiestas". .

Me gustaría saber de dónde se sacaresa interpretación, porque este documento que está en la web euskadi.eus dice sobre la referida Ley 1/2016:

Beber alcohol en vía pública

El texto de la ley prohíbe la venta o suministro de bebidas alcohólicas en la vía pública, salvo en terrazas, veladores o actividades y eventos que cuenten con autorización municipal. Es decir, se respeta el ámbito de autonomía municipal.

No se prohíbe el consumo en vía pública, aunque cada ayuntamiento puede regular esta cuestión a través de la correspondiente ordenanza. De hecho, hoy día, hay ordenanzas municipales que prohíben expresamente consumir alcohol en la vida pública.

En resumen, mi interpretación es que en San Sebastián las personas mayores de edad sí pueden consumir alcohol en el espacio público cuando ello no genere molestias ni imposibilite el disfrute de los espacios públicos a otras personas. Si estas solo y respetando los 1,5 metros de rigor, sin lugar a dudas.

Por tanto, no son ciertas frases categóricas del estilo "está prohibido beber alcohol en la calle".

Y si mi interpretación no es correcta, que me diga alguien, por favor, sobre la base de qué ley, decreto u ordenanza no lo es.

Kale edana Donostian, apunte hau euskaraz.

Escrito por: iturri.2021/05/09 18:35:00 GMT+2
Etiquetas: policía donostia alcohol urkullu | Permalink | Comentarios (0) | Referencias (0)

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