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2011/06/12 22:50:19.422000 GMT+2

Criminalización de la disidencia digital

Cuando la Policía Nacional anunció el viernes la detención de tres personas por pertenecer a "la cúpula de la organización "hacktivista" Anonymous en España", muchos nos reímos de la impostada teatralidad y de la pretención de atribuir una organización jerárquica a algo tan etéreo y difuso como Anonymous. Si querían disuadir a futuros "hacktivistas" les salió el tiro por la culata. Menos divertido es el hecho de que los detenidos -luego puestos en libertad con cargos- puedan llegar recibir condenas de hasta tres años de prisión por bloquear sitios web mediante "ataques de denegación de servicio". La supuesta pertenencia a una "asociación ilícita" permite además aplicar el grado máximo de la pena, tras la reciente modificación (L.O. 5/2010 de 22 de junio) del artículo 264 del código penal español. Existe una flagrante desproporcionalidad entre la acción tipificada y la pena que se pretende imponer.

Pero es sobre todo el lenguaje antiterrorista aplicado por la policía nacional -es decir, por el gobierno- el que augura una progresión represiva en el ámbito de la disidencia digital mediante sucesivas reformas del código penal. El comunicado de la policía contiene un apartado titulado "idea común y células autónomas". En él define a Anonymous como un "
movimiento compuesto por una pluralidad de personas de diversas nacionalidades las cuales actúan anónimamente y de forma coordinada, generalmente hacia un objetivo acordado." Una descripción en la que resulta difícil apreciar algún elemento delictivo, como no sea la propia autonomía de las multitudes a las que hace referencia. Lo cierto es que la definición es lo suficientemente vaga como para incluir en ella movimientos como el del 15M. La policía pretende acabar con el anonimato y con el carácter masivo, volátil e inaprensible de estas redes acusando a unas pocas personas con nombres y apellidos y atribuyéndoles determinadas funciones en una estructura definida. Inevitables chivos expiatorios en una estrategia de intimidación. A este respecto, resulta sintomático que la policía acuse a uno de los detenidos de coordinar el ataque a los sitios web de gobiernos como los de Egipto, Argelia o Libia durante las insurrecciones democráticas que se produjeron en esos países. De este modo el Estado español muestra su solidaridad con ellos -no con los ciudadanos de esos países- y hace gala de la misma aprensión frente a la revuelta cívica.

El anuncio de la policía nacional coincide además con otro hecho significativo: el mismo viernes el Consejo de la Unión Europea acordó elevar las penas mínimas en los llamados "ciberdelitos", que incluyen los denominados ataques a los sistemas informáticos. Lo que propone el Consejo es una revisión de la Decisión Marco 2005/222/JAI, de 24 de febrero de 2005, que ya era problemática, pues metía en el mismo saco una amplia variedad de conductas, desde la usurpación de identidad al bloqueo temporal de páginas web. Por ejemplo, no es lo mismo "obstaculizar o interrumpir de manera significativa el funcionamiento de un sistema de información" introduciendo o transmitiendo datos que borrando datos o vulnerando la intimidad de otras personas. Por lo que respecta a nuestros anónimos activistas, el Consejo acordó el viernes que "si el ataque lo hubiera cometido un grupo criminal organizado, o si hubiera causado daños serios, por ejempo mediante el uso de un "botnet", o hubiera afectado a sistemas informáticos vitales", los Estados miembros podrían aplicar una pena máxima de prisión de hasta cinco años. Este enfoque general adoptado por el Consejo servirá de base para negociar con el Parlamento Europeo la reforma de la directiva de 2005. Cuando se apruebe la directiva, luego serán los Estados miembros los que tengan la potestad de decidir si aplican las penas máximas que prevé, siempre que respeten las penas mínimas que se establecen en ella. Parece clara cuál será la opción del Estado español. Que estas medidas sirvan para evitar acciones directas en internet, esa es otra historia.

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Escrito por: Samuel.2011/06/12 22:50:19.422000 GMT+2
Etiquetas: unión-europea consejo represión derecho-penal movimientos anonymous internet antiterrorismo | Permalink | Comentarios (2) | Referencias (2)

Comentarios

Samuel: me interesa mucho este debate de hoy, quizás porque después de dos entradas magníficas, una en su brillante simplicidad  y otra en su sabia síntesis  (y descubrimiento) de la obra de Vercauteren, en esta pienso que es oportuno introducir unos matices, precisamente para “salir de las disyunciones exclusivas” de las que hablaba el belga.   Ojo, no cuestiono en absoluto que todos los movimientos legislativos y mediáticos destinados a criminalizar la disidencia digital sean un nuevo paso en el intento de reducir un espacio de concitación de voluntades y colaboración altruista, de discusión y proposición que  hasta ahora ha resistido los intentos de convertirlo en pura plataforma comercial y altavoz del monólogo del poder.  

Pero también percibo que la dialectica entre disidencia y orden establecido se queda corta a veces, y que el laissez faire en la red tiene sus aristas. Porque en el actual paradigma de complejidad social que vivimos , muchos nos encontramos en un dentro-fuera (trabajamos en empresas que cotizan en bolsa aunque defendamos que se regulen sus abusos o se tasen sus movimientos dinerarios, damos servicios a la ciudadanía como parte de la organización del estado cuyos mismos gobiernos pretenden laminar y un larguísimo etc. de contradicciones )  que nos obliga a definir muy bien objetivos y a separar acciones motivadas, útiles y específicas de otras que son simplemente abstractas, destructivas  y en las que un grupo, por autorganizado que sea y autónoamemente que actúe, puede suplantar  la voluntad y  interés general  y causar un perjuicio objetivo que no creo justificable en un marco que no sea el de un estado totalitario o de una opresión que no admita otras vías para modificarlo.

Evidentemente las estrategias de la insurrección demandan en ocasiones acciones directas, impulsadas por avanzadillas concienciadas, sacudidas y ante la violencia del poder se hace preciso oponer resistencia de forma vehemente a su despliegue.  Pero ello no obst a que un movimiento de personas “ las cuales actúan anónimamente y de forma coordinada, generalmente hacia un objetivo acordado” sí pueda tener un componente delictivo o, por lo menos, dudosamente ético o sencillamente poco práctico cuando sus acciones no se fundan en una demanda social clara, en cierto modo consensuada y defendible sin ambiguedades. Tu mismo lo dices, una clave es que se piensa liquidar la diferencia y el matiz entre "obstaculizar o interrumpir de manera significativa el funcionamiento de un sistema de información" y penar “daños serios (...) a sistemas informáticos vitales", pero nosotros sí que hemos de hacer la distinción y calcular bien las consecuencias de estos actos, y no celebrarlos acríticamente como parte de una revuelta con cuyo fondo nos identificamos. Por ejemplo, tumbar un servidor que permite el funcionamiento regular de los servicios de emergencia sanitaria es algo que puede costar vidas y que va a a encontrarse siempre con mi oposición, por más que se integre en una táctica de colapso de un sistema claramente injusto y deficiente. Y he puesto un ejemplo extremo para que se me entienda, pero los habría mucho más vidriosos y que aun así contarían con poca simpatía por mi parte. Lo que quiero decir es que todo acto tiene contrapartidas, y no hay legitimidad si estas no se evaluan de forma profunda y responsable, comprometida e inteligente.

 En el fondo, con ciertas acciones de anonymous o grupos análogos sí que podemos establecer un símil con las luchas armadas –que desde luego no es el de la pura equivalencia que nos quieren endilgar de matute- sino el de su limitación; el del frentismo no creativo y generador de alternativas. Recuerdo por ejemplo la gran película de Margarethe von Trotta “Die bleierne”, que explicaba de manera formidable la cuestión: cuenta la historia de dos hermanas de izquierdas en la Alemania de los 70. Una se integra en la Baader-Meinhof, mientras la otra participa de iniciativas vecinales y colabora en proyectos sociales. La hermana terrorista recrimina a la otra su colaboracionismo y reformismo, pero mientras ella está pegando tiros en un campamento en el Líbano, la otra cuida a niños de mujeres sin recursos y, divulga con su trabajo de periodista las causas a las que contribuye . Y obviamente, mientras una acaba muriendo en la cárcel, la otra sigue trabajando por el cambio de forma útil y capaz.
Quizás me haya explicado muy torpemente, pero confío en tu capacidad intuitiva para entender por dónde voy...

Escrito por: Fransmestier.2011/06/16 22:30:59.995000 GMT+2
http://vestigis.wordpress.com

Fransmestier, creo entender por dónde vas. Tu comentario complementa mi entrada, que se limitaba a valorar la reacción policial. Concretamente, la manera en que se meten en un mismo saco acciones con consecuencias muy diferentes ("tumbar un servidor que permite el funcionamiento regular de los servicios de emergencia sanitaria", y tumbar un servidor que permite el funcionamiento de un sitio web, como el de la propia policía) y la intencionalidad política que hay detrás de la desproporcionalidad penal que se establece. También podría enlazar con mis entradas sobre el escrache y la violencia.

Mi intención no era celebrar cualquier acción directa por el hecho de haber sido realizada por una pluralidad de ciudadanos anónimos. Como tampoco tiene sentido reprobar una acción de entrada antes de evaluarlas "de forma profunda y responsable, comprometida e inteligente" en el contexto determinado en que se producen. Esta es una cuestión indudablemente ética, insoslayable para cualquier movimiento que se pretende democrático. Como lo son otras reflexiones relacionadas con la organización social, la participación en el común, las relaciones vitales entre un@s y otr@s. De hecho, estos debates son los más interesantes dentro del 15M, que en muchos aspectos parecen empezar de cero, como queriendo desprenderse de viejos lastres ideológicos. Y esa es la razón fundamental por la que comencé este año insurrecto con un largo post sobre año cero, ética y política.

Efectivamente, se trata de "definir muy bien objetivos y a separar acciones motivadas, útiles y específicas de otras que son simplemente abstractas, destructivas". Es decir, de vincular la reflexión ética con la política. Pero este proceso no puede ser lineal, se hace a trompicones, hay contradiciones, comunicación, aprendizaje, pruebas de ensayo-error y vuelta a empezar, a menudo por olvidar lecciones del pasado (un error, en mi opinión). Ahora bien, este proceso debe desarrollarse desde dentro del movimiento, desde dentro de la sociedad. No es que un grupo pueda  "suplantar la voluntad e interés general y causar un perjuicio objetivo que no creo justificable en un marco que no sea el de un estado totalitario o de una opresión que no admita otras vías para modificarlo." Es que, simplemente, no empleo la "voluntad e interés general" como parámetro externo de referencia, si las entendemos como la ficción política que desarrolló el contractualismo liberal para fundamentar la soberanía estatal. Desde una perspectiva democrática no estatalista, el perjuicio o beneficio ("lo que nos conviene") se valora más bien al interior de las propias multitudes, el plano es el del común, transversal. Desde esta perspectiva se aprecian mejor algunas continuidades entre nuestros sistemas oligárquicos parlamentarios y los que denominamos dictaduras (sin equipararlos alegremente, claro).

Muchas gracias por el comentario. Un abrazo.

Escrito por: Samuel.2011/06/18 11:03:50.696000 GMT+2
www.javierortiz.net/voz/samuel

Referencias

... 1 meneos menéalo Criminalización de la disidencia digital Referenciado por: Criminalización de la disidencia digital 2011/06/12 23:23:44.934000 GMT+2

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