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2000/10/26 06:00:00 GMT+2

Atenuantes y eximentes

Todo el mundo está con Tania, la mujer de Rivas Vaciamadrid que mató a tiros a su marido, maltratador profesional, y a la que un tribunal condenó a 15 años de cárcel. Todo quisque dice que es una barbaridad que la hayan encarcelado. Hay un auténtico clamor pidiendo al Gobierno que la indulte. «¡No tiene sentido meter en la cárcel a una pobre mujer en un caso así!», se oye en las tertulias de todas las radios.

Supongo que la culpa es mía, por pretender que los comportamientos humanos se atengan a la lógica, pero hay en este asunto varias cosas que no entiendo. Por lo menos de entrada.

Vamos a ver. Si tan de acuerdo están todos en la inconveniencia de meter en la cárcel a una mujer que acaba violentamente con la vida de su marido maltratador, ¿por qué no reclaman, por elemental coherencia, que se modifique el Código Penal para que, a partir de ahora, el sufrimiento de malos tratos continuados constituya una eximente total en caso de homicidio? Se cambia la ley y sanseacabó: no más Tanias encarceladas.

Digo yo que, en la misma línea, y por analogía -método muy usual en la práctica jurídica-, igual trato exculpatorio habrían de reclamar entonces los ultradefensores de Tania para otras personas que actúen en estados de necesidad parejos al que hubo de padecer ella. Por ejemplo, para los padres y las madres que, no pudiendo soportar que sus hijos pasen hambre, cometan un atraco.

Pero parece que nadie quiere pasar de lo particular a lo general. No desean que la anécdota se les vuelva categoría.

Yo veo las cosas de modo muy diferente.

En primer lugar, creo que no cabe eximir tan alegremente de toda culpa a alguien que ha matado. Tania tuvo la posibilidad objetiva de plantar cara a su marido por vías lícitas -hubo quien se ofreció a facilitárselas- y no quiso hacerlo. Así las cosas, correspondía a los jueces examinar en qué medida su irresolución tuvo un carácter patológico, análogo al miedo insuperable que recoge el artículo 20.6º del vigente Código Penal.

Por lo que he leído sobre el asunto, parece que los jueces examinaron esa hipótesis, pero llegaron a la conclusión de que Tania no perdió en ningún momento su capacidad de discernimiento. En consecuencia, entendieron que no concurría en su acción ninguna circunstancia eximente, y la condenaron.

Obviamente, los jueces pudieron equivocarse en su valoración de los hechos. Pero la gran mayoría de quienes exigen que Tania quede de inmediato en libertad y exonerada de toda culpa no lo hacen porque crean que la sentencia condenatoria fue técnicamente incorrecta. No entran en eso. Se limitan a tener en cuenta el (por lo común) buen comportamiento social de la encausada y las brutalidades que sufrió.

En mi criterio, esas brutalidades deberían haber sido recogidas en la sentencia no como eximentes, pero sí como atenuantes del delito, en la línea de lo consignado en el artículo 21.3º del Código Penal, que considera circunstancia atenuante «la de obrar por causas o estímulos tan poderosos que hayan producido arrebato, obcecación u otro estado pasional de entidad semejante». En el caso que nos ocupa, entiendo que el tribunal bien hubiera podido considerar a Tania autora de un delito de homicidio, en principio castigable con una pena de prisión de entre diez y quince años (CP, art. 138), pero haber decidido acto seguido rebajar esa pena en dos grados, atendiendo a la existencia de una circunstancia atenuante «muy calificada» (CP, art. 66.4º), con lo que -tanto más considerando el tiempo que pasó en prisión preventiva- podría haberse librado de ir a la cárcel.

De este modo, el resultado práctico no diferiría apenas del que solicitan los incondicionales de Tania, pero se evitaría la frívola justificación del homicidio en la que muchos de ellos están incurriendo.

Mi siguiente reflexión desborda ampliamente el plano jurídico. Me pregunto por qué los medios de comunicación están haciendo tanto ruido con el caso de esta pobre mujer, situándose de su lado sin apenas matices. Y me respondo que lo hacen porque esta tragedia les sirve muy bien para cubrir la cuota de sensiblería -de falso humanismo- que les conviene. Al diablo si les importa la Justicia: utilizan a Tania como un objeto de usar y tirar.

Yo me niego, aunque ya sé que no mejoraré precisamente con ello mi cuota de popularidad.

Javier Ortiz. Diario de un resentido social (26 de octubre de 2000). Subido a "Desde Jamaica" el 24 de abril de 2017.

Escrito por: ortiz el jamaiquino.2000/10/26 06:00:00 GMT+2
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